Una moto de campo, como cualquier otro vehículo a motor, debe circular con toda su documentación en regla, incluido el seguro en vigor. La única excepción son las motos de motocross, que siempre se utilizan en circuitos cerrados y no están homologadas para circular por carretera. Las motos de cross no tienen una serie de elementos que son obligatorias para conducirlas en caminos o carretera abiertos, como son los espejos retrovisores o las luces. Lo mismo puede ocurrir con las motos de enduro y de trial que se utilizan, por ejemplo dentro de una finca particular o de unas instalaciones cerradas al tráfico rodado.
Para que en estos casos el piloto esté «cubierto» tiene que estar federado bien en la federación nacional o territorial puesto que con la licencia deportiva tiene incluido un seguro. Para conocer sus coberturas, lo mejor es preguntar en la oficina de la federación cuando nos sacamos la licencia deportiva.
Una cosa que siempre debemos tener en cuenta es que el seguro no se contrata sólo por llevar los papeles en regla, si no porque con nuestro vehículo a motor podemos causar un daño a un tercero, sea una persona, un objeto o, por ejemplo y ya que estamos hablando de motos de campo, a un animal. Durante una competición los organizadores deben de tener contratado un seguro de responsabilidad civil que nos podría cubrir en este supuesto, pero no por ejemplo, cuando estamos realizando un entrenamiento privado.
Por regla general las motos de campo suelen tener una siniestralidad que suele repercutir poco en la compañía de seguros, por lo que las pólizas suelen ser bastante económicas y realmente no merece la pena no tener este problema contemplado antes de ponernos a los mandos de nuestra moto de motocross, enduro o trial.