La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha el Registro de Vehículos Personales Ligeros (VMP), un nuevo sistema que obliga a inscribir los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal como paso previo a la contratación del seguro obligatorio. La medida se desarrolla tras la aprobación, este martes en el Consejo de Ministros, del real decreto que regula el funcionamiento del registro y que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), prevista para las próximas fechas.

El nuevo registro da cumplimiento a la disposición adicional primera de la Ley 5/2025, de 24 de julio, que modificó la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor para introducir la obligatoriedad de asegurar todos los vehículos de movilidad personal. Aunque esta obligación entró en vigor el pasado 2 de enero, su aplicación efectiva estaba pendiente de la puesta en marcha de este registro nacional.

A partir de ahora, todos los propietarios de patinetes —o sus tutores legales en el caso de menores— deberán inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos que gestiona la DGT. El trámite se realizará de forma telemática a través de la sede electrónica de la DGT, y el teléfono 060 ofrecerá asistencia a los usuarios que necesiten ayuda durante el proceso. Se estima que más de cuatro millones de estos vehículos circulan actualmente por las vías urbanas españolas.

Una vez completada la inscripción, el titular obtendrá un certificado digital que le permitirá contratar el seguro obligatorio. Además, podrá adquirir una etiqueta identificativa que deberá colocarse en el portaidentificador del vehículo, reforzando así su control y trazabilidad.

VMP con certificado de circulación

Los vehículos de movilidad personal que cuentan con certificado de circulación son aquellos que cumplen los requisitos técnicos establecidos en el Manual de Características de los VMP. Este manual fija unas garantías mínimas de calidad, durabilidad y seguridad, tanto para el usuario del vehículo como para el resto de usuarios de la vía.

Desde el 22 de enero de 2024, únicamente se pueden comercializar VMP que dispongan de este certificado. En la página web de la DGT, los ciudadanos pueden consultar las marcas y modelos que han sido homologados. Estos modelos certificados incorporan una placa de marcaje de fábrica única, permanente y legible, que permite su identificación inequívoca.

El proceso de inscripción de este tipo de VMP en el Registro Nacional de Vehículos es sencillo. Además de los datos del titular, será necesario consignar el número de certificado y el número de serie, que figuran tanto en la placa de marcaje como en la ficha técnica de características. Una vez abonada la tasa administrativa correspondiente, la DGT asignará un número de inscripción y expedirá el certificado de inscripción digital.

VMP sin certificado de circulación

Por otro lado, existen VMP que no cumplen los requisitos técnicos recogidos en el Manual de Características y que, por tanto, no disponen de placa de marcaje de fábrica ni de certificado de circulación. A estos vehículos se les aplica un régimen transitorio que les permite seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, aunque carezcan de dicho certificado.

No obstante, estos patinetes también deben inscribirse obligatoriamente en el Registro Nacional de Vehículos y contar con el seguro obligatorio. Para su inscripción, además de los datos personales del titular, bastará con adjuntar una factura, una ficha técnica o una fotografía del vehículo.

La identificación de estos VMP tendrá carácter temporal y dejará de surtir efectos el 22 de enero de 2027. A partir de esa fecha, los vehículos que no cuenten con certificado de circulación no podrán circular por las vías públicas.

Etiqueta identificativa y otros canales de inscripción

Para todos los VMP, tanto certificados como no certificados, una vez obtenido el certificado de inscripción —en el que constarán los datos del titular y el número único identificativo— el propietario podrá adquirir la etiqueta identificativa en un manipulador de placas habilitado. Dicha etiqueta deberá colocarse en el portaidentificador del vehículo y, en el caso de los VMP no certificados, podrá situarse en un lugar visible.

Además del registro a través de la sede electrónica de la DGT, este proceso de inscripción también podrá realizarse por otros canales, como los agentes de seguros en el momento de contratar la póliza u otros colaboradores acreditados por Tráfico que ya gestionan trámites electrónicos con la Administración. La DGT trabaja asimismo para que, en los próximos meses, la inscripción pueda realizarse directamente en el momento de adquirir un nuevo VMP en un establecimiento autorizado.

La normativa incorpora un régimen sancionador para quienes incumplan estas obligaciones. Carecer de seguro puede conllevar multas de entre 202 y 610 euros, mientras que circular con un VMP sin seguro está sancionado con importes de entre 250 y 800 euros, en función de si el vehículo es considerado vehículo personal ligero o vehículo a motor, según su peso y velocidad.

Con este nuevo registro, Tráfico persigue mejorar la seguridad vial, ordenar la movilidad urbana y garantizar que los patinetes eléctricos circulen con mayores garantías legales y de protección para todos los usuarios de la vía.

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