Desde hoy lunes y hasta el próximo domingo 11 de diciembre, la Dirección General de Tráfico pone en marcha una nueva campaña en la que se intensificará la vigilancia sobre el riesgo que supone la suma del consumo de alcohol y drogas y la conducción.
Durante esta semana, en la que los dos días festivos del martes y el jueves harán que se incrementen de manera significativa tanto los desplazamientos como las celebraciones, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC) y de las policías locales que se sumen a la campaña, intensificarán los controles sobre este factor concurrente en el 31% de los siniestros mortales.
Para ello, se establecerán diferentes puntos de control en todo tipo de carreteras, así como en los cascos urbanos, y a cualquier hora del día con el objetivo de evitar que personas que hayan ingerido alcohol o hayan consumido drogas circulen por las carreteras
El consumo de estas sustancias constituye uno de los principales factores de riesgo en los siniestros de tráfico, tal y como recoge la Memoria 2021 de Hallazgos Toxicológicos en Víctimas de Accidente de Tráfico elaborada por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF)
La Memoria, refleja que en el 49,4% de los conductores fallecidos en carretera en 2021 y analizados por INTCF se detectó la presencia de alcohol, drogas o psicofármacos, aisladamente o en combinación y que, además, el 75% de estos conductores positivos arrojó una tasa de alcoholemia muy alta, igual o superior a 1,2g/L, lo que correlaciona grados de intoxicación muy severa.
Además, la Estrategia Española de Seguridad Vial 2030 señala como una de sus áreas estratégicas la “Tolerancia cero con los comportamientos de riesgo”, la cual identifica las conductas del consumo del alcohol y otras drogas como una conducta contraria a la seguridad vial.
Por este motivo, campañas como esta, que aumentan el impacto de la vigilancia mediante una mejor planificación y potencian además la vigilancia de las conductas de mayor riesgo mediante la aplicación de nuevas tecnologías, son líneas de actuación prioritarias.
En carretera, 0,0%
Desde la DGT se insiste una vez más en recordar que la única tasa segura es 0,0% ya que, aún con tasas de alcoholemia dentro de los márgenes legales permitidos, nuestro riesgo de provocar un accidente puede verse incrementado.
Además, 0,0% es la tasa, tanto en sangre como en aire espirado, que deben respetar los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial el pasado mes de marzo.
Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir
- Conductores en general: límite en sangre: 0,5gr/ límite en aire aspirado: 0,25mg/l
- Profesionales: límite en sangre: 0,3gr/ límite en aire aspirado: 0,15mg/l
- Conductores nóveles: límite en sangre: 0,3gr/ límite en aire aspirado: 0,15mg/l
- Conductores menores de edad (ciclomotor / cuadriciclos / A1): límite en sangre: 0,0 gr/l límite en aire aspirado: 0,0 mg/l
Sanciones
- Cuando la tasa de alcohol está entre 0.25 mg/l y hasta 0.50 mg/l la sanción es de 500 euros y conlleva la retirada de 4 puntos en el carné de conducir.
- En tasas de alcohol superior a 0.50 mg/l la sanción será de 1.000 euros y la pérdida de puntos será de 6 puntos.
- Los reincidentes tendrán una sanción de 1.000 euros y 4 o 6 puntos de retirada (dependiendo de la tasa dada).
- En cuanto a la conducción bajo los efectos de drogas, la sanción será de 1.000 euros y la pérdida de puntos será de 6 puntos.
Normativa aplicable
El capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas por conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
- Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas conlleva prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación de derechos a conducir de 1 hasta 4 años.
- Tasas superiores a 0.60 mg/l en aire 1.2 gr/l en sangre, conlleva prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de 1 hasta 4 años.
- Negativa a someterse a las pruebas = prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
Según los datos de la Fiscalía de Seguridad Vial, solo en 2021 se interpusieron más de 53.200 acusaciones y más de 54.700 sentencias condenatorias por conducción bajo la influencia del alcohol o de las drogas, un delito que sigue siendo el más importante en términos absolutos de todos los delitos viales.